En Ecuador surgió una propuesta para no difundir canciones de género urbano durante el horario de protección al menor, al considerar que tienen “alto contenido sexual”.
A través de un comunicado, la Superintendencia de la Información y Comunicación (Supercom) exhortó a los medios de comunicación a que respeten las franjas horarias (entre las 06:00 y 18:00 horas).
“El creciente descontento ciudadano
frente a un lenguaje con alto contenido sexual de canciones de reguetón
(sic) o música urbana, convoca a los diversos actores del proceso de
comunicación social a ejercer su función con responsabilidad, respetando
el derecho constitucional y legal a recibir información de calidad, así
como la segmentación de audiencias y franjas horarias, contempladas en
la Ley Orgánica de Comunicación”, señala la entidad.
Cabe indicar que el artículo 65 de la
Ley Orgánica de Comunicación de Ecuador segmenta a la audiencia en tres
tipos, según sus edades. En espacios aptos para todo público no se debería difundir canciones de reggaeton.
Supercom sostiene que las letras de este género musical abordan temas como el sexo, el machismo, la violencia y la infidelidad, lo cual no sería apto para los niños.
#Comunicado:— Supercom Ecuador (@SuperComEc) 31 de mayo de 2017
Supercom hace un llamado a los medios a priorizar el interés superior de los niños en la difusión de contenidos musicales. pic.twitter.com/oSSHuDnMij
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